De conformidad con el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro habrá modificaciones a ciertas cuotas patronales a partir del ejercicio 2023.
A partir del 1 de enero de 2023 inicia un incremento gradual en la cuota patronal del ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (Cesantía). Anualmente aumentará progresivamente de acuerdo con el ingreso del trabajador.
Por lo anterior, a partir del 1 de enero de 2023 las cuotas patronales sobre este ramo son las siguientes:

Debe señalarse que la cuota obrera permanecerá en 1.125% durante este tiempo según el Artículo 168, fracción II, inciso b) de la Ley del Seguro Social hoy vigente.
En 2021 y 2022 los patrones continuaran cubriendo la cuota patronal del 3.15% sobre el SBC de todos sus trabajadores.
En 2023, la cuota patronal será a partir de 3.150 % sobre trabajadores que ganen un salario mínimo, y un máximo de 4.241 % sobre trabajadores cuyo SBC sea de 4.01 UMA en adelante
De 2024 a 2029, la cuota patronal será desde 3.150% sobre trabajadores que ganen un salario mínimo y un máximo de 5.331%; 5.422%; 7.513%; 9.694% y 10.784% por cada año subsecuente sobre trabajadores cuyo SBC sea de 4.01 UMA en adelante.
Para el año 2030 la cuota patronal se hará conforme a lo siguiente:
- 1 SM patrón 3.15%;
- SM a 1.50 UMA patrón 4.20%;
- 1.51 SM a 2.00 UMA patrón 6.55%;
- 2.01 SM a 2.50 UMA patrón 7.962%;
- 2.51 SM a 3.00 UMA patrón 8.902%;
- 3.01 SM a 3.50 UMA patrón 9.573%;
- 3.51 SM a 4.00 UMA patrón 10.077%;
- 4.01 UMA en adelante 11.875%.
La reforma a la Ley del IMSS traerá consigo mayores beneficios a las nuevas generaciones de jubilados de la Ley de 1997. Sin embargo, este beneficio dependerá claramente del número de años que cotice el trabajador en el nuevo esquema de contribuciones, ya que la gradualidad del incremento en las cuotas impactará de una forma más positiva en la gente más joven7, que aquellos que están más cercanos a su retiro.
El mayor beneficio que traerá la reforma al IMSS a los trabajadores que se jubilen bajo la Ley de 1997, en esta década, será el derecho a recibir una pensión mínima garantizada mayor a la que se tenía antes de la reforma. El efecto de la pensión mínima garantizada mayor impactará positivamente a aquellos trabajadores con hasta 5 UMAS de salario y se diluirá hasta no tener efecto positivo para quienes ganen más de 15 UMAS.
El impacto financiero que tendrá la reforma al IMSS dentro de las cuotas patronales representará un incremento anual del 6% anual a partir del 2023. El área de oportunidad que existe en la adecuada integración de este costo en la operación de la empresa estará en función de la anticipación de las decisiones enfocadas en el tema.