Cuotas obrero patronales: qué son y cómo calcularlas
Las cuotas obrero patronales constituyen la suma total del dinero que se aporta al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por los trabajadores, patrones y la cuota social que aporta el gobierno mexicano.
En otras palabras, consiste en las aportaciones que hacen el trabajador y el patrón con el fin de conformar un patrimonio para su retiro, cesantía y vejez, así como para garantizar la seguridad social. De este modo, se construye una cuenta individual de cada trabajador.
Todos los trabajadores mexicanos, por ley, deben tener la prestación de Seguro Social. Estas aportaciones aparecen en cada recibo de Nómina en el concepto identificado como “IMSS” o “Seguro Social”, y no solamente salen del bolsillo del patrón, el trabajador también abona una parte mínima del monto que se deduce de su salario.
¿Cómo calcular las aportaciones al IMSS de tus trabajadores?
El IMSS proporciona 5 coberturas a los trabajadores inscritos al seguro social:
- Seguro de enfermedades y maternidad.
- Seguro de riesgos de trabajo.
- Seguro de invalidez y vida.
- Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
- Guarderías y prestaciones sociales.
Entonces, las aportaciones obrero patronales cubren las primas de cada uno de estos seguros. No en todos los seguros participan, al mismo tiempo, empleados y patrones.
Seguro de riesgos de trabajo:
Para inscribirse o cambiar actividad económica, las empresas deben de tomar como referencia el salario base de cotización del empleado y determinar de forma específica cuál es la clase de riesgo de trabajo que cada trabajador tiene. Con base en ello se determina la prima a pagar. Esta información aparece en el REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN y las clases son:
Prima media | En porcentajes |
Clase I | 0.54355 |
Clase II | 1.13065 |
Clase III | 2.59840 |
Clase IV | 4.65325 |
Clase V | 7.58875 |
Así, se determinan las aportaciones para:
Seguro de enfermedades y maternidad
El seguro de enfermedades y maternidad cubre la atención médica, hospitalaria y prestaciones en especie. La cuota fija, que le corresponde al patrón, es del 20% de la UMA mensual. Para hacer los cálculos de prestaciones en dinero, se toma como referencia el salario base de cotización (SBC) del trabajador. Corresponde al trabajador: 0.250% del SBC y corresponde al patrón: 0.700% del SBC.
Seguro de invalidez y vida
Actúa cuando el trabajador, por motivo de su propio trabajo, sufre un accidente y queda incapacitado o muere. Este seguro se cubre por ambas partes, tanto patrón como trabajador. Corresponde al trabajador: 0.625% del SBC y corresponde al patrón: 1.75% del SBC.
Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez
El patrón debe aportar, tanto para el retiro como para la vejez, una cuota de 6.150% del salario base de cotización del trabajador.
Seguro de guarderías y prestaciones sociales
En el caso del seguro de guarderías y prestaciones sociales, el patrón debe cubrir el 1% adicional al salario base de cotización que tiene el trabajador.
El cálculo de la aportación al Seguro Social que debe hacer una persona quedaría conforme a lo siguiente
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