Como bien sabemos en el artículo 4º de la constitución política de los estados unidos mexicanos, nos menciona que toda persona tiene derecho a la salud, asimismo, toda familia tiene derecho a una vida decorosa. Una vez que el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) se establece dentro de la sociedad mexicana como el órgano regidor para dar la facultad de los parámetros pertinentes en cuestiones de la salud y bienestar general de los trabajadores, los patrones se ven obligados a cumplir con ciertos puntos, como los que menciona el artículo 5º del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN:
Artículo 5. Los patrones y demás sujetos obligados que en los términos del artículo 15 de la Ley, realicen los trámites correspondientes para el cumplimiento de sus obligaciones a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, deberán utilizar el número patronal de identificación electrónica, como llave pública de sistemas criptográficos a que se refiere el artículo 15 de este Reglamento en sustitución de su firma autógrafa.
Entre estas obligaciones de Seguridad Social, tres que destacan son las siguientes:
- Registrar a sus trabajadores ante el Instituto Mexicano de Seguridad Social, así como comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de sus sueldos o salarios y estar al tanto de los posibles cambios que pueda establecer la Ley.
- Llevar registros de nómina en las que se pueda establecer los días laborados y los salarios percibidos por los trabajadores
- Determinar las Cuotas Obrero Patronales a su cargo y entregar su importe al Instituto.
En este último punto para determinar Cuotas Obrero Patronales necesitamos conocer el salario base de cotización, ya que ésta se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador.
Desde que ha terminado el proceso de reclutamiento y selección, y el trabajador está contratado por la empresa, se realizan los cálculos pertinentes para saber cuál es el salario base de cotización; mismo que es registrado en el sistema de nóminas para hacer las retenciones correspondientes al trabajador y también lo que el patrón está obligado a pagar.
En cuanto se registran los datos en el sistema de nómina que maneja la empresa, el cual ya tendría que estar parametrizado, se debe calcular automáticamente el Salario Base de Cotización y todos los movimientos: Altas, Bajas, Modificaciones y Transferencias.
Como vemos el cálculo de las Cuotas Obrero Patronales tiene que ver con todo: la nómina del trabajador, la duración del trabajador en la empresa y las obligaciones que tiene el patrón para realizar los trámites pertinentes ante el IMSS.
Para que el Cálculo de Cuotas Obrero Patronales sea más fácil, eficiente y sin presentar errores, existe el Sistema para el Control de la Seguridad Social (SICOSS). Software SICOSS es el único sistema avalado por el IMSS para la gestión de Seguridad Social de tu empresa, esto te da la certeza y confianza de que los Cálculos de las Cuotas Obrero Patronal tendrán todos los parámetros correspondientes que establece la ley.